Listado de personas admitidas, en reserva y excluidas del programa de lucha contra la exclusión social

El Ayuntamiento de Ubrique informó el 12 de julio de 2013 de la relación de personas admitidas en el programa de lucha contra la exclusión social. También informó de la relación de solicitantes en reserva y de los excluidos. La relación de personas admitidas incluye a las que “cumplen el primer criterio de baremación (que la persona forme parte de una unidad familiar donde todos los miembros que tengan la consideración de población activa, hayan permanecido inscritos ininterrumpidamente como demandantes de empleo durante los seis meses anteriores a la fecha de solicitud).
Admitidos y en reserva.
Últimos en reserva.
Excluidos.

El Ayuntamiento informó: “El listado de reserva comprende a aquellas personas que habiendo sido admitidas cumplen el primer criterio de baremación (que la persona forme parte de una unidad familiar donde todos los miembros que tengan la consideración de población activa, hayan permanecido inscritos ininterrumpidamente como demandantes de empleo durante los seis meses anteriores a la fecha de solicitud), habiendo sido ordenadas en función de los restantes criterios de baremación. Se considera “reserva” al estimarse que la contratación prevista será de 40 personas.
El listado de “últimos en reserva”  comprende a aquellas personas que habiendo sido admitidas no cumplen el primer criterio de baremación (que la persona forme parte de una unidad familiar donde todos los miembros que tengan la consideración de población activa, hayan permanecido inscritos ininterrumpidamente como demandantes de empleo durante los seis meses anteriores a la fecha de solicitud).
El listado de excluidos comprende a aquellas personas que no reúnen algunos de los requisitos de admisión:
Motivo 1: Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este programa se encuentren en situación de demandante de empleo durante un período ininterrumpido igual o superior a un año.
Motivo 2: Que todos los miembros de la unidad familiar del solicitante tengan residencia efectiva en la comunidad autónoma de Andalucía y están empadronados en el mismo domicilio como mínimo desde el 1 de junio de 2012, a excepción de los menores nacidos, adoptados o acogidos con posterioridad a esa fecha.
Motivo 3: Que el importe máximo de los ingresos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar sea inferior a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (798,77 euros mensuales).
Motivo 4: Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante informe técnico de los servicios sociales comunitarios.
Motivo 5: Falta de documentación”.

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